|
Urbanismo y Patrimonio
28.07.15 - Escrito por: Lourdes Pérez Moral
Las ordenanzas municipales sumaban, ahora, los denominados planes generales de ordenación urbana botados por directrices estatales, ahora también, autonómicas. Eran y son el máximo instrumento del municipio para la actuación en su núcleo previa obligación de administradores y administrados.
El primer PGOU fue aprobado en 1968. Ya el alcalde Manuel López Peña admitía que "en las últimas décadas se -había- derribado y construido en Cabra de forma anárquica". La vinculación del patrimonio para con el urbanismo vendría a representar un papel relevante, en particular, el barrio de la Villa cuyo castillo había recibido la declaración de paraje pintoresco, hoy BIC. Lo allí ya edificado debía ser cuidado "a fin de que no -perdieran- en modo alguno su tradicional y característica fisonomía". Lamentablemente, los infames ejemplos volvieron, entre ellos, la demolición de las capillas de poniente fragmentando así la armonía visual del interior de la parroquia matriz de la Asunción.
El segundo PGOU fue aprobado en 1985. El alcalde Juan Muñoz Muñoz admitía que no se había definido un catálogo lo que "permitió durante años la destrucción, por demolición, de edificios que tanto se criticó en su día". Con dos nuevas declaraciones monumentales, hoy BIC, para la parroquia de la Asunción y la muralla de la Villa Vieja, el nuevo plan contemplaba ahora ese catálogo de edificios a proteger en grado A o B "a fin de paralizar, en un principio, y recuperar, después, nuestro patrimonio". Lamentablemente, los infames ejemplos también volvieron, esta vez, en forma de arquitectura civil propiciada por lo que otro alcalde, Muñiz Gil, calificaría como "depredadores humanos, usureros sociales".
El tercer PGOU fue aprobado en 1998. Proteger edificios de interés histórico-artístico fue la máxima bajo la fórmula, esta vez, de acondicionar lugar y entorno para ser visitado al objeto de incentivar desarrollo turístico y económico. Lamentablemente, los infames ejemplos también volvieron, entre ellos,la inicial "puesta en valor" de la ladera sur en el barrio de la Villa que desembocaría en agotamiento de su estructura.
El vigente PGOU fue aprobado en 2010. La protección del patrimonio quedaba ahora afecta a tres niveles: I (integral), II (arquitectónica) y III (ambiental) en paralelo a un "Catálogo de Edificaciones Protegidas" cuyas fichas, individualizadas, todavía siguen siendo incompletas e ininteligibles por lo ya realizado antes de su redacción, sin olvidar, el alta de otras tantas edificaciones que siguen sin protección.
Un último apunte. Ya en 1990 la corporación egabrense se daba "por enterada" del "informe diagnóstico previo relativo al conjunto histórico-artístico de Cabra". Nada más se supo. Hoy y, tras la contundente victoria popular, su programa electoral estimaba "la protección y puesta en valor de nuestro casco histórico con figuras como la del Conjunto histórico artístico". No dudo que el señor alcalde cumplirá la promesa en asunto de vital importancia, en particular, para el barrio de la Villa.
|
|
|
|
|
|